FAEM - Sin categoría

Desde 1992.

Asamblea General FAEM 2013Asamblea General FAEM 2014Asamblea General FAEM 2012

LUCHANDO POR LA AUTONOMÍA LOCAL

NUESTROS OBJETIVOS SON:

AUTONOMÍA TOTAL

COMPETENCIAS REALES

NO SUPRESIÓN

NO SUPRESIÓNCOMPETENCIAS REALES

HEMOS GANADO:

Os mostramos 2 ejemplos:

Segregación de Balanegra(Almería)

Segregación de Domingo Perez(Granada)

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Sin categoría

Con la denominación de FEDERACIÓN ANDALUZA DE ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES (F.A.E.M.) se constituye la presente asociación, para dar cabida a todas las Entidades Locales Autónomas de Andalucía de las reconocidas en el Artículo 45 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que voluntariamente formalicen su adhesión , con carácter y personalidad Jurídico- Públicas sin ánimo de lucro, con capacidad de obrar plena y con sometimiento a los presente estatutos y a la legislación vigente que le resulte de aplicación. A las Entidades locales del citado carácter contenidas en la Ley 7/93 de la Demarcación Municipal de Andalucia, en donde se establece que gozaran de la condición de ELAS, todas las Entidades de este tipo, que ya existían con anterioridad a la entrada en vigor de esta. Igualmente a la defensa a ultranza de lo derivado de la disposición transitoria 2ª de la Ley 7/93 RDMA, la cual determina: que las Entidades Locales Autónomas que se hubiesen constituido con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley mantendrán el nivel de competencias y recursos de que disfruten si éste fuese en algún aspecto superior al contemplado en esta Ley. Así como a los Pueblos Andaluces que conforme a derecho quieran acceder a la Segregación Municipal.


Simbología. Su escudo será el representado por el mapa de Andalucía, y dentro del mismo insertado un edificio sede de autogobierno local, atravesado de forma inclinada por las palabras "por la autonomía Municipal" y con la denominación integra a la derecha del mapa pero casi tangencialmente dispuesto el texto "Federación Andaluza de Entidades Locales Municipales" y en la parte inferior del mismo las siglas en un tamaño grande de un mínimo de 18 y en negrita para que destaque las siglas "F.A.E.M" pudiéndose utilizar de fondo el color verde y letras en negro, o fondo blanco y letras en negro u otras combinaciones adecuadas. Tanto la disposición de la denominación y el logo pueden variarse conforme a las necesidades que se estimen pero manteniendo siempre todos los elementos que conforman esta simbología, que representa el ámbito territorial con el mapa de Andalucía, la capacidad de Autogobierno, con la Casa Consistorial penetrada por el lema "por la autonomía Municipal" así como la denominación histórica que se adopto en la Constitución de la Federación y las siglas, es decir: Federación Andaluza de Entidades locales Municipales, FAEM. (Representación grafica de la simbología)


Los cambios que supongan la modificación de los símbolos de la FAEM, por otros completamente nuevos serán aprobados en sesión extraordinaria de la asamblea general donde se debata previamente el expte de modificación por mayoría absoluta. Solo la Faem podrá hacer uso de esta simbología, tramitándose el oportuno expte de registro legal de los mismos.

ARTÍCULO 2º

  1. Los fines de esta Federación serán los siguientes:
    1. El fomento y desarrollo de la Autonomía Local de conformidad con la Carta Europea de Autonomía Local del Consejo de Europa de 1.985, Declaración Universal sobre la Autonomía Local de Unión Internacional de Autoridades Locales y demás declaraciones de Organizaciones Internacionales acordes con este espíritu, considerando a las colectividades Locales como uno de los principales fundamentos de un Estado Democrático.
    2. La defensa de las autonomías y funcionamiento propio de Entidades Locales Autónomas de Andalucía, Comisiones promotoras Pro-segregaciones Municipales, las Entidades Pro-Entidades Locales Autónomas y Entidades similares.
    3. La representación de los intereses comunes de esas Entidades ante las diversas instancias políticas y administrativas en orden a la consecución de los objetivos políticos y sociales que les competen.
    4. La mejora de la calidad de vida de los vecinos y habitantes existentes en el ámbito territorial de estas Entidades Municipales.
    5. Promover la cooperación y solidaridad entre los Entes Locales adheridos.
    6. La ayuda y promoción en la formación de expedientes administrativos a los núcleos poblacionales que aspiren a constituirse en Entidades Locales Autónomas o en Municipios.
    7. La difusión del conocimiento de la vida de los Entes Locales Municipales entre los ciudadanos e instituciones públicas y privadas.
    8. La colaboración, asesoramiento y asistencia técnica de los miembros de la F.A.E.M. asociados y al corriente de sus obligaciones.
    9. La creación, mantenimiento y en su caso distribución de un Banco de datos e información que sirva de consulta e investigación a sus miembros.
    10. Actuar como centro de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de los Entes Locales Municipales y miembros en general de la F.A.E.M., pudiendo también, previa solicitud y tramitación al efecto, participar cualquier persona o Institución interesada pagando el coste que le corresponda.
    11. La realización de estudios sobre la problemática y circunstancias de la vida local.
    12. Cualquier otro fin que afecte directa o indirectamente al interés de sus miembros.
  2. En ningún caso, la interpretación de los fines acabados de enumerar, podrá ser tal que invada las competencias previstas en el Ordenamiento Jurídico, para las Entidades Locales Asociadas.

ARTÍCULO 3º

Para el cumplimiento de sus fines la F.A.E.M. realizará las siguientes actividades:

  1. Establecer las estructuras orgánicas pertinentes.
  2. Convocará encuentros de Autoridades y personal al servicio de las Entidades Locales Municipales conjunta o separadamente para el estudio y debate de asuntos de interés local.
  3. Facilitará y servirá de vehículo de intercambio de información, experiencias e ideas que favorezcan y perfeccionen la gestión de las colectividades locales.
  4. La difusión de normas, estudios y actividades que ayuden a la Administración Municipal.
  5. Celebrar anualmente reuniones, congresos, conferencias, coloquios y seminarios sobre temas de interés municipal.
  6. Constituirá servicios de captación de recursos para el sostenimiento, desarrollo y expansión de la Federación.
  7. Fomentará la participación de sus miembros en las tareas asociativas.
  8. Promoverá publicaciones y documentos informativos y constituirá un fondo bibliográfico en materia de sus competencias.
  9. Constituirá servicios de asesoramiento en materias que se puedan crear en el futuro y del interés de las Entidades asociadas.
  10. Se dirigirá a los poderes públicos e intervendrá, en su caso, en la formulación de la normativa legal que afecte a las Entidades Municipales. Solicitando aquellas ayudas, subvenciones que sean compatibles con estos fines a Entidades públicas y privadas.
  11. Fomento del uso de las nuevas tecnologías, y sus elementos aplicados a nuestra federación, creando una página web, que sirva de mecanismo oficial de información y comunicación entre los miembros y con el exterior. Teniendo validez todo tipo de documentos que se realicen telemáticamente, conforme a la legislación, estableciéndose los protocolos requeridos para que la administración electrónica y desarrollo futuro sea una realidad en el seno de la F.A.E.M.
  12. Se institucionaliza el día de la autonomía local, para que sea motivo de reflexión sobre el futuro del mundo de lo local.
  13. Fomento del conocimiento de las ELAS, a través de medios de difusión en general especialmente ante los medios de comunicación
  14. Fomento de la calidad de los servicios que prestamos y a su vez de nuestros asociados y personal de las entidades.
  15. Fomento de estudios, investigaciones, y publicaciones sobre las competencias y recursos de las ELAS, así como sobre las segregaciones Municipales.
  16. Participación, a través de los mecanismos legales establecidos, en la conformación de las leyes que nos afecten directamente, sobre todo en las de régimen local y de financiación de los Entes locales.
  17. Integración y participación de las ELAS, y demás Entes, en todos los foros y Organismos locales, Provinciales, Autonómicos, Estatales y Europeos que afecten a sus intereses.
  18. Impulsar la regulación de la financiación de las ELAS, siendo fundamental, la participación directa en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  19. Creación de una unidad de asesoramiento administrativo, jurídico y económico, siempre que las disponibilidades económicas lo permitan, firmando protocolos o convenios con las ELAS y resto de miembros a fin de racionalizar, homogeneizar, simplificar, abaratar y descargar de trabajo a las Entidades.
  20. Cualesquiera otras actividades que se consideren necesarias para el favorecimiento de los fines propuestos.

Miguel  Gregorio Martínez 

Secretario General de la Federación Andaluza de Entidades Locales Municipales (FAEM) y de la Federación Española F.E.E.M.

Estimado/a ciudadano/a,

Al entrar en la web de la FEDERACIÓN ANDALUZA DE ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES (FAEM), accedes a nuestra organización por uno de los múltiples caminos que la sociedad actual tiene a su disposición. El de las nuevas tecnologías es sin duda uno de los más atractivos y representativos de nuestra línea de trabajo, aunque debes tener siempre presente que ese elemento de modernidad está en FAEM al servicio de otros valores. Así, la cohesión social y territorial, la solidaridad con quienes más la precisan y el desarrollo de oportunidades de progreso para todos los que tienen algo que aportar a la AUTONOMÍA y FINANCIACIÓN LOCAL, así como a la cultura e identidad de los PUEBLOS que luchan por su AUTOGOBIERNO, la economía o la convivencia.

Faem, te da por tanto la bienvenida a través de su web como lo hacen cada día mediante su carácter abierto e integrador, los Pueblos que están adheridos, en la certeza de que tu contribución te hace relevante y necesario para el bienestar de quienes conforman este gran espacio de diálogo que es nuestra Organización. Un logro compartido del que tratamos que se sientan orgullosas todas las localidades beneficiarias últimas del liderazgo que ejerce su Federación.

LA MEJOR PRUEBA DE ESTE LIDERAZGO, ES POR UN LADO HABER  CONSEGUIDO DESDE FAEM, QUE QUITARAN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE AUTONOMÍA LOCAL DE ANDALUCIA, LEY 5/2010 (LAULA) LA DISTANCIA Y EL NUMERO DE HABITANTES PARA ACCEDER A LA SEGREGACIÓN MUNICIPAL, Y  OTRO LOGRO AUN MAYOR HA SIDO:QUE NO SUPRIMIERAN A LAS 3725 ENTIDADES LOCALES MENORES, QUE EL GOBIERNO CENTRAL PRENTENDIA EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD LOCAL, LEY 27/2013 LRSAL. JUNTO CON LA CONDICIÓN DE ENTIDAD LOCAL, ENTRE OTRAS CUESTIONES

Miguel Martínez Múrez: Secretario General de la FAEM

La apuesta de FAEM a favor del avance en la profundización de la Segregación Municipal, de mayores recursos y competencias para las ELAS así como las infraestructuras de calidad como medio necesario para ofrecer unos servicios públicos avanzados explica que las mejoras constantes que hemos acometido haya llevado también sus avances al ámbito electrónico y telemático. Al realizar este nuevo portal, hemos revisado y actualizado la información y los servicios que ya prestábamos, de forma ordinaria dándoles una organización y presentación más homogéneas y útiles.

El nuevo portal de FAEM forma parte del modelo global de atención a nuestros Pueblos Federados. Como complemento a la atención presencial y telefónica desde la Secretaría técnica y del Servicio de Atención Telefónica 957 327 938. Instrumentos que, en todos los casos, sirven a un único propósito: establecer una relación más fluida y directa entre FAEM, y las Entidades adheridas para ayudar a ésta a aprovechar todos los recursos y oportunidades de esta Federación inquieta y a la vanguardia de su tiempo.

La Federación se crea al amparo de la Ley de Asociaciones, en el año 1992, en Villanueva de la Concepción, Antequera (Málaga) aunque se inscribe en el registro de Asociaciones de Andalucia en 1993. Los antecedentes de esta Federación Andaluza de Entidades Locales Municipales, se encuentran en la Denominada, Federación Española de Pueblos por su Autonomía (FEDESPA), que data de 1976, y cuyo padre fundador, fue el ilustre letrado, D. José Antonio Gallego.Al fallecimiento de su fundador, se hizo una conexión de ambas Federaciones en una, para aunar nuestras fuerzas, asumiendo desde la Federación Andaluza los postulados de la FEDESPA, que se centraban mucho mas en la defensa de la Segregación Municipal

La Faem  misma se inspira en la defensa de las antiguas Entidades Locales Menores, y tras el enlace con Fedespa, tambien en la defensa del acceso de los Pueblos a la Segregación Municipal, y por tanto a tener su propio Ayto.  Más tarde con la ley 7/85 de bases de Régimen Local son denominadas Entidades de Ámbito Territorial al Municipio y en la actualidad según la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía, (LAULA) son llamadas ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS. Con la reforma estatutaria aprobada en la Asamblea General Extraordinaria, el día 19/10/2008, en Antequera, se incluye entre sus fines el apoyo de los pueblos que luchan por la Segregación Municipal, y se cabida, no solo a las Elas, sino también a diversos colectivos que defienden la constitución en Municipios o la creación de nuevas Elas.Estos los denominamos, PROELAS Y PROSEGREGACIÓN.

La ansia de segregación ya aparece desde la época de los Romanos, y se adentra en épocas contemporáneas, de tal forma que la Constitución Española de 1812 "la Pepa”, en su artículo 310 decía "se pondrá Ayuntamiento en aquellos pueblos que por sí o su comarca tengan 1000 almas" igualmente en las leyes de Régimen Local de los últimos 200 años siempre se ha recogido el derecho de los pueblos a tener su AUTOGOBIERNO, constituyendo estas Entidades locales el primer escalón del Régimen Local incluso anteriores a los Municipios. Por tanto es mucho la raigambre y "rancio abolengo" de estas verdaderas instituciones genuinamente al servicio por entero de sus vecinos/as.

 OTROS ELEMENTOS A CONSIDERAR

También intereso, al Gobierno de Andalucía, a través del Director general de ese momento (año 1992)  D. Juan Antonio Sainz Pardo, (PSOE-A)  crear una estructura que sirviera de “interlocutor” para dar cobertura a la  Ley de Demarcación Municipal de Andalucía que se empezaba a discutir en el año 92, y que concluyo con su aprobación como Ley 7/1993. Evitando a la Federación Española de Pueblos por su Autonomía, que es partidaria de la Segregación Municipal, como lucha de los Pueblos por su verdadera emancipación.

SOCIOS FUNDADORES.

Las Entidades Locales Menores de: Villanueva de la concepción, Torrenueva, Fornes, Jatar, Fuente Carreteros, Encinarejo, Bacor Olivar, La Barca de la Florida, Guadalcacin, San Isidro del Guadalete, Nueva jarilla, El Torno, Torrecera, y  Estella del Marques.

Un poco más tarde se incorporaron: La Redondela, Algallarín, y  la Comisión Pro-segregación de la Guijarrosa, entre otros.

PRESIDENTES DE FAEM:

Juan Manuel Silva, Alcalde de Villanueva de la Concepción, (PSOE-A) mandato en Faem: desde 1991-2000.

Miguel Gregorio Martínez Alcalde de Encinarejo, (PA) mandato en Faem: desde el año  2000, al 2008.

Antonio Martin Cabanillas Alcalde la Redondela, (ILR) mandato en Faem: desde el año  2008, en adelante hasta ahora, recientemente elegido para otro mandato hasta el año 2016.

 

En Andalucía existen 48 Entidades Locales Autónomas, 2 Entidades pro-Elas y 3 Entidades Pro-segregación, en el resto del estado existen muchas más, sobre todo en Castilla y León.

Nuestra Federación,  se podría decir que su origen se  inicia en 1976, con Fedespa y después tras su enlace con esta aparece de forma oficial FAEM que  data inscrita  de 1993, y se crea, ante la necesidad de agruparnos para dar respuesta común a los múltiples problemas que nos acucian, como es la Falta de una financiación reglada, la poca definición competencial en las Leyes locales, y un abandono desde el todos los demás niveles de Gobierno, Municipal, Provincial, Autonómico y Nacional, Se produjo una asamblea ese año en la localidad de Torrenueva en donde se realizo la asamblea general, para dotarnos de nuestras bases argumentales y tras la misma, Faem fue inscrita en el Registro de Asociaciones de Málaga con el número 31 de la sección segunda, en virtud de Resolución de 18/10/1993 de esa Delegación Provincial.

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