REUNION DE LA DIRECCIÓN DE FAEM, CON EL DIRECTOR GENERAL DE AD. LOCAL JOAQUIN LOPEZ SIDRO, PARA TRATAR FONDO INCONDICIONADO, DESPOBLACIÓN Y MODIFICACION DE LEYES LOCALES.
Recientemente se ha producido un encuentro en la sede de la Consejeria de ADMON LOCAL de la Junta de Andalucia, en Sevilla, concretamente el día 3 de Marzo, en la que se ha avanzado sobre otra reunión celebrada el 16 de Julio de 2019, en los asuntos que mas acucian a las Entidades locales Autonomas y Municipios menores de Andalucia, en la misma han estado presentes los miembros de la dirección de la Federación, en su totalidad, y el DIRECTOR GENERAL, Sr. Joaquin Lopez Sidro, el cual ha estado acompañado por tres funcionarios/as de dicho centro directivo, del área jurídica y económica.
Fuimos recibidos con gran expectación y agrado por parte del director general que mostró su satisfacción por recibirnos una vez más, y dijo que es siempre bueno escuchar directamente a una Federación con mas de 30 años de Existencia y que representa a estos Pueblos, y que esta dirección general es vuestra “casa”.
Por parte del presidente de Faem D. Antonio Martin Cabanillas, se agradeció la acogida tan amable, y se insto a que se impulsara lo antes posible, el pago del fondo incondicionado que tanto trabajo ha costado que se pueda aprobar por vez primera en Andalucia, tanto en 2019 como en 2020, por valor de 2,5 millones de euros en total, todo ello por la Lucha de Faem, en representación de las Elas y de la mano de estas.
En este sentido se barajo que se hiciera por la vía mas rápida, que puede ser una transferencia directa, a través de una Orden de convocatoria, o de un Decreto, pero solo exclusivo para ello. A lo que se comprometieron a estudiar todas las opciones. En referencia a la Despoblación, tomaron nota de las propuestas que le remitimos en aras de combatir esta lacra. Y por ultimo se trato en profundidad las propuestas ya enviadas sobre la modificación de las Leyes locales, sobre todo en lo referente a la clarificación competencial y la financiación.
En este asunto se puso de ejemplo la Ley 5/2015 de Mancomunidades y Entidades locales menores de Extremadura, que modifica a la Ley 17/2010…ya que es un proyecto basado en los postulados que defendemos conjuntamente desde la Federación Española y la Extremeña, y que fueron aceptados por la Asamblea de Mérida, y aprobados por unanimidad, por los tres grupos de ese momento representados.
Se trata de aumentar algunos servicios de lógica natural que deben ser prestados como competencias propias por las Elas, tales como: Regulación de la movilidad y el tráfico, Parques y jardines, licencias de edificación e instalación en general y de apertura, aprovechamientos urbanísticos, caminos rurales, equipamientos y actividades culturales, sociales y deportivas, bodas civiles, abastecimiento de agua integral, personal propio sin ratificación del Municipio.
Así como poder recaudar la participación en los impuestos municipales (IBI URBANA Y RUSTICA, IVTM, IAE, IIVTNU) por sí mismas o a través del organismo autónomo provincial, mediante un convenio distinto al del Municipio. Y recibir de forma directa las ayudas publicas y fondos del resto de niveles de Gobierno: Provincia, Junta de Andalucia y Gobierno Central.
En este asunto se planteo por parte del DIRECTOR GENERAL, la posibilidad de un regular a través de un Decreto algunas cuestiones, como lo del fondo incondicionado que al parecer se tenia la idea de aprobarlo, y así poder pagar dicho fondo, ya que no existe una norma que lo regule.
Pero desde Faem se dijo que dicho fondo se podía haber regulado por la modificación a través de la Ley de pptos para el 2020 como se ha hecho con la Patrica para los municipios segregados, y así estaría resuelta esta cuestión, por tanto sino se ha querido hacer es porque el legislador ha creído que este es un asunto menor y puede tener encaje a través de una orden especifica o un Decreto pero solo de este fondo, pero no habilitar un Decreto de la legislatura anterior, que no se aprobó, que no aborda el problema principal de las competencias y la financiación, porque todos sabemos “que un Decreto no puede ir más allá de la propia ley” y es imposible que regule algo nuevo, salvo cuestiones que ya están resueltas, sin embargo se encarga de establecer con gran profusión todo un sistema de tutela desde el Municipio matriz hacia la Ela y un procedimiento de supresión que supone un treinta por ciento de dicho Decreto, y que rechazamos en su día en 2018 por unanimidad en la asamblea general de Faem con mociones incluidas de las Elas porque no resuelve nada a las Elas actualmente.
Los técnicos mostraron su apoyo a que se aprobara el Decreto ya denostado en la legislatura anterior, para hacer frente al pago del fondo, e incluso dijeron que veremos a ver si incluso a través de un Decreto el Consultivo, lo aceptaba que quizás estos se inclinen por una Ley…y el DGAL, nos preguntó a Faem que: ¿Cómo se resuelve el pago del fondo este año a las Elas? Y le contestamos, pues a través de un instrumento legal especifico, que puede ser una Orden de convocatoria o bien un Decreto muy breve que solo sea para regular el pago del fondo incondicionado. A lo que la funcionaria del RJ Maria Jose Escudero, espeto que lo mismo es un Decreto breve que uno mas largo, el trámite es idéntico. A lo que se le contesto, pero tendrá menos elementos de contradicción un texto muy corto y acotado de cara a pasar todos los informes previos técnico-jurídicos y del consejo consultivo que uno mas largo que puede colisionar con otras disposiciones legales.
También se abordo la cuestión de la opinión de las Elas, que están en una comisión en Famp, pero Faem, dijo que la asamblea general de Faem es soberana y rechazo en su día un Decreto que es negativo para las Elas. Y por tanto la postura oficial es la que se adoptó en su día.
Faem se comprometió en un breve plazo remitir a la DGAL, un texto con la disposición legal más adecuada para ejecutar el fondo incondicionado para las Elas, que ha sido aprobado por el parlamento a propuesta de Faem, y sugirió que se puede hacer una Ley especifica de Entidades locales autónomas como en Extremadura.