FAEM - 30-6-2020, SEVILLA REUNION DE LA JUNTA DIRECTIVA, Y ENTREGA DE CARTA EN MANO AL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, PARA QUE ATIENDA LAS JUSTAS PETICIONES DE FAEM, EN LO RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DE LAS LEYES LOCALES, Y EL PAGO DEL FONDO INCONDICIONADO

30-6-2020, SEVILLA REUNION DE LA JUNTA DIRECTIVA, Y ENTREGA DE CARTA EN MANO AL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, PARA QUE ATIENDA LAS JUSTAS PETICIONES DE FAEM, EN LO RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DE LAS LEYES LOCALES, Y EL PAGO DEL FONDO INCONDICIONADO

Fecha:    30-6-2020.        Destinatario: Al Sr. Presidente de la Junta de Andalucia.
D. Juan Manuel Moreno Bonilla.
Palacio de San Telmo. Paseo de Roma, s/n. 41071 Sevilla, Teléfono:  955 03 55 00 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Su Ref:           
Nª Ref:     9 salida-30-6-2020/Pte faem.       

REUNION FAEM, Y VISITA A PRESIDENCIA


           
Asunto 1º: Decreto-ley 16/2020, de 16 de junio, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia de empleo, así como para la gestión y administración de las sedes administrativas ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19)
Asunto 2º: Ejecución del presupuesto de la Junta de Andalucia, en lo referido a las transferencias a Entidades locales autónomas con un crédito inicial de 2.500.000 euros que se consigna en la sección 09.00 del estado de ingresos y gastos por programas, dentro de la aplicación económica 460.04 del presupuesto general de la Junta de Andalucia para el 2020, a través de una Orden de la Consejeria como opción más favorable y ágil, según informe de la UCO.

Por el presente me dirijo a usted, para manifestar, que una vez más los más débiles hemos sido víctima de la visión restringida, injusta, insolidaria, y diríamos de dudosa legalidad por discriminatoria, la normativa que regula este plan de activación del empleo por los efectos del covib 19…(AIRE) (que en su artículo 5, Entidades beneficiarias.1. Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas reguladas en el Capítulo I de este decreto-ley los ayuntamientos andaluces.)
 Excluye como beneficiarios del mismo tronco constitucional que los Municipios, a las Entidades locales Autonomas de Andalucia, como si no hubiera afectados por esta pandemia en estos Pueblos, que tienen idénticas potestades y competencias públicas que los Ayuntamientos Andaluces menores.
Creíamos que, con el cambio de Gobierno, estas discriminaciones, por parte del Gobierno Andaluz en convocatorias de este tipo, que han sido denunciadas durante muchos años por parte de esta Federación, y que en muchas ocasiones eran también apoyadas por los grupos de la oposición, en este caso el PP, cuando ejercía esa labor, ahora ya en el Gobierno acabarían.
Pero cuales nuestra sorpresa cuando asistimos estupefactos a la política continuista inmisericorde con estas Entidades locales autónomas, y en concreto nos dejan fuera como beneficiarias directas, según el artículo 5º del Decreto Ley que regula este plan solo son los Ayuntamientos Andaluces, los beneficiarios.
Por tanto, los desempleados/as que viven en las 36 Entidades locales Autonomas de Andalucia, son excluidas de estos planes, cuando somos Entidades locales pequeñas, en definitiva, dado que somos Entidades locales, del mismo rango legal que los Municipios, deberíamos estar incluidos en este plan de empleo…y de otros planes o programas en igualdad con los municipios menores.
Por favor pedimos urgentemente, que sea revisado este Decreto Ley, en su artículo 5, o se realice a través de otra disposición legal, en aras de introducir a las 36 Entidades locales como beneficiarias del plan aire, es decir se debería hacer una enmienda de adición al artículo 5º y añadir después de ayuntamientos: “y entidades locales autónomas de Andalucia.”
Es por ello por lo que manifestamos nuestra más enérgica protesta contra el Decreto Ley regulador del Plan aire, en su artículo 5º, y por extensión con el área y el responsable de este, y le pedimos   a usted como presidente del Gobierno Andaluz, como máximo responsable de la Junta, impulse la modificación o subsanación del Decreto Ley, para que las Elas sean beneficiaras del plan de empleo, aire. Es muy difícil que, con decisiones, que dejan a los pueblos mas desvalidos fuera de estos programas de empleo asentar la población rural, y que los jóvenes se queden en estos, más bien al contrario, el gobierno de la junta fomenta la despoblación rural.
Asunto 2º: SOLICITAMOS DESDE FAEM, QUE LA JUNTA DE ANDALUCIA, A TRAVES DE LA CONSEJERIA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL, EJECUTE EL MANDATO DEL PARLAMENTO ANDALUZ, QUE APROBO EN LOS PPTOS DE 2020 UN FONDO INCONDICIONADO DE 2.500.000€, PARA LAS ENTIDADES LOCALES AUTONOMAS (ANTIGUAMENTE DENOMINADAS ENTIDADES LOCALES MENORES)

Es de lamentar la situación tan difícil que provoca la pandemia del covib 19, para la buena marcha en general de todo el funcionamiento tanto de la vida de las personas como la economia de las mismas, y un buen ejemplo para ilustrar esta cuestión son las innumerables vidas humanas perdidas, ante todo nuestro más sentido pésame a las familias.
Una vez dicho lo anterior también nos debemos centrar en las actuaciones que más prioridad deben tener en la gestión de la Junta de Andalucia y en el caso que nos ocupa como representantes de las Elas, es su defensa, la de los vecinos que viven en ellas y por tanto el desarrollo, mantenimiento, e impulso en su caso de la prestación de servicios públicos con la calidad adecuada, en un medio rural en franco retroceso como hemos podido observar en los últimos años con la vertiginosa Despoblación, en parte por el olvido de las administraciones públicas, en cuanto a inversiones en infraestructura, despliegue de la fibra óptica, fomento de la industria, y la agroindustria así como todo lo relacionado con la competitividad de sector primario y la defensa de la agricultura y ganadería y del apoyo al empresariado en general que invierta en este medio.
Es lógico que para que todo lo anterior se pueda vehicular adecuadamente, la institución local más cercana a los vecinos, es decir las Entidades locales Autonomas, deberían obtener los recursos o la suficiencia financiera para hacer frente al mantenimiento básico de los servicios mínimos encomendados por las leyes locales, y desde ahí avanzar hacia la cooperación con las demás políticas de creación de empleo de calidad, que inevitablemente redundarían en parar primero la despoblación rural, y después incentivar el crecimiento económico y social generado por todas las actuaciones que se derivan de atesorar una financiación suficiente en el seno de la ENTIDAD LOCAL AUTONOMA.
Pues no deberíamos consentir pacíficamente que estas Entidades locales Autonomas, sean las grandes olvidadas de Andalucia, tras casi 40 años de Estatuto de Autonomía para Andalucia.
En este sentido la lucha de las Elas y la Federación Andaluza de Entidades locales Municipales (Faem), ha dado como resultado algunos avances en la consecución de objetivos tanto de carácter legislativo y normativo destacando en este campo: suprimir en la Ley local de andalucia 5/2010, los kilómetros de distancia y los habitantes para la segregación, la enmienda para la continuidad de las Elas de toda España, ya que se aprobó en principio la supresión de las 3735. Y entre otras cuestiones, como en la cobertura desde otros niveles de Gobierno de actuaciones en materia de: infraestructuras y equipamientos básicos. Aunque siempre muy debajo de la SUFICIENCIA FINANCIERA QUE ESTABLECE LA CE y el Estatuto de Autonomía de Andalucia.
Es por ello por lo que venimos reclamando desde hace varias legislaturas, una reforma de la Ley 5/2010 de Autonomía local de Andalucia, y la Ley 6/2020 de Participación de las Entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucia, tanto en la clarificación competencial para que atribuciones que deberían ser propias de las Elas queden plasmadas en las leyes, como por ejemplo: parques y jardines, servicios sociales, deporte, juventud, mujer, tercera edad, infancia, fomento del empleo, etc, estos servicios en cuanto a introducir los mismos en la Ley 5/2010 de Autonomía local de Andalucia, así como la participación de las Elas en los fondos incondicionados de la PATRICA, es decir en la Ley 6/2010 de Participación de las Entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucia, y en las demás ayudas y subvenciones tanto de la junta de Andalucia como de las Diputaciones Provinciales.
 LA JUNTA DE ANDALUCIA HA SIDO POCO PARTIDARIA, HASTA AHORA, DE MODIFICACIONES LEGALES EN LAS LEYES LOCALES DE ANDALUCIA, PARA RESOLVER LOS PROBLEMAS DE LAS ELAS, CASI TODO HA SIDO ARRANCADO CON MANIFESTACIONES, Y ACTOS REIVINDICATIVOS DIVERSOS, INCLUSO A TRAVES DE SENTENCIAS DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA.
Pero cuando parece que esta tendencia, con el nuevo Gobierno de coalición PP-Cs en principio podría cambiar dado que se aprueban en los presupuestos generales de la Junta de Andalucia para el 2020 una partida de 2,500.000€, como fondo incondicionado para las Entidades locales Autonomas, se frustra en principio esta “ilusión” dado que se nos comunica que se reprograma esta partida para hacer frente a otros gastos derivados del covib 19.
Lo que en principio nos extraña mucho, dado que financiación similar como puede ser la del fondo también incondicionado de la PATRICA, para los Municipios o las Provincias queda intocable, lo que nos lleva a pensar que se está incumpliendo el principio de proporcionalidad y de solidaridad, dado que de un fondo para las Entidades más desfavorecidas no se reduce sino que en principio se requisa todo entero y sin embargo otros fondos similares se mantienen incólumes, siendo muy superiores y que con una merma en estos, podría quizás no tocarse para nada el primer FONDO INCONDICIONADO Y DIRECTO PARA LAS ELAS, que se aprueba por el PARLAMENTO ANDALUZ, en 40 años de Autonomía de Andalucia, y que tanto esperábamos como “agua de mayo”.
Es por ello por lo que SOLICITAMOS, a que nos atienda en una reunión urgente para tratar este asunto y se pueda reintegrar cuanto antes este fondo de 2.500.000€, reprogramando esa cuantía de otras partidas, o bien si no fuera posible se merme la misma en dicha reprogramación a los efectos de contar cuanto antes con esta cuantía y transferir a través de una Orden de convocatoria a las 36 Entidades locales Autonomas de Andalucia el dinero que le corresponda. (Adjuntamos un informe de la Universidad que aclara que el instrumento jurídico para la transferencia de este fondo incondicionado es la Orden, y no hace falta un Decreto, e incluso han realizado el reparto y un modelo de Orden de Convocatoria para ayudar a la Junta de Andalucia, en esta ardua tarea y porque así quedamos con el DGAL de la Junta de Andalucia)
A la vez solicitamos por enésima vez que la solución al problema de forma definitiva pasaría por la modificación de las leyes locales antes citadas para así blindar en dichas normas la financiación de las Entidades locales autónomas, al igual que la tienen los Municipios, las Provincias o las Islas, para que no vuelva a pasar lo mismo otra vez, lo que requerimos al presidente de la Junta para que impulse dicha norma. En espera de respuesta urgente reciba un cordial saludo. Aprovecho por enésima vez para pedirle cita. Para contacto llamar al 696425324, o bien al 650464010.
Andalucia a 30 de junio de 2020.
El presidente.

Fdo. Antonio Martin Cabanillas.
           
           
           
           

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