FAEM - 29-11-2016. REUNIÓN CON EL DIRECTOR DE ADMON LOCAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, PARA TRATAR LA MODIFICACIÓN DE LAS LEYES LOCALES,ECT.

29-11-2016. REUNIÓN CON EL DIRECTOR DE ADMON LOCAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, PARA TRATAR LA MODIFICACIÓN DE LAS LEYES LOCALES,ECT.

Foto reunion con el DGALRESUMEN DE LA REUNION CELEBRADA EL DIA 29-11-2016, DESDE LAS 12:00 HASTA LAS 13:40 HORAS, CON EL DGAL, Sr J.M Fdez Ortega, acompañado de Juan Alfonso Medina, jefe de Admon local, y Josefa Escudero jefa de régimen jurídico.
Con los miembros de la comisión delegada de Faem compuesta por: Pte., S. general, Vcpta, Alcaldes de: villares, Torrenueva, Torrecera y una vocal de Torrecera.
SOBRE EL DECRETO 157/2016 DE DESLINDE
EL DGAL EXPONE:
Sobre el Decreto 157/2016, de Deslinde, que aceptaremos de Faem aquellas cuestiones que sean beneficiosas para este texto legal, que no choquen con la Ley, pero que este es un Decreto de deslinde entre dos términos municipales, y no de dentro del término.
JUAN ALFONSO MEDINA: Expone que en su momento la Laula cuando se hizo puso al Municipio en el centro de todo, y en el caso de las Elas es el Municipio el que decide sobre las Elas, tanto en su territorio vecinal, como en otras muchas cuestiones. Y que la delimitación de las Elas, ya viene dada en el Decreto de creación, pero el ámbito territorial lo decide  el Municipio.Foto con Director general de admon local en Sevilla
EL PTE DE FAEM: Expone que una vez más estamos ante el vacío legal o falta de regulación de las Elas, y máxime con las Elas que ya existen antes de la existencia de la junta de Andalucía. Y pone de ejemplo el conflicto de la Redondela con Isla Cristina en cuanto al territorio vecinal de la Ela. Que es lamentable que aun continuemos como en África en este asunto. Aunque cree que si el DGAL, cumple con las pretensiones verbales que expone podemos avanzar, en esta ocasión.
EL S. GENERAL DE FAEM: Expone que este texto deja fuera a las Elas, que, si son afectadas, dado que la propia Laula en su artículo 116, de la LAULA, se plasma que la Ela debe tener su ámbito territorial y también delimitación territorial, por tanto, un deslinde es una delimitación o perímetro, contorno según el diccionario, y por ello somos parte interesada dado que en ese territorio vecinal es donde tenemos que prestar nuestros servicios y ejercer nuestras competencias y potestades.
Por tanto, no se regula nada aquí y solo somos unos combinados de piedra, ante un conflicto que exista, o la falta de delimitación del termino o del Territorio vecinal de la Ela, cuando concurren las lindes de una Ela, con otro Municipio limítrofe, no estamos en la Comisión de deslinde de pleno derecho, solo están los Municipios, y la Junta de Andalucía.
Tampoco se define lo que es el Territorio vecinal de la Ela. Y sin embargo de forma farragosa se definen, toda una serie de conceptos, burocratizantes, y quizás excesivos, y justo las que más falta le hace la regulación que es las Elas, no se plasma nada en el texto y se dejan una vez más en este campo en un limbo jurídico que solo nos trae conflictos y litigios permanentes.
Creo que se deberían aceptar las enmiendas de Faem, que no han sido aceptadas casi ninguna, en el borrador anterior, y de este nuevo ni siquiera se han dignado en previamente remitirnos el borrador.
FINANCIACIÓN DE ELAS, ETC:
El DGAL, expone que: Que se está en ello, tal y como dijo la Viceconsejera de Admon local, el día 6-10-2016, realizara un proyecto de Decreto que se nos dará el borrador antes, y que tendrá en cuenta, pues que la Junta en todas sus áreas deberá contemplar a las Elas en las ayudas públicas que convoque, así como que los Municipios matrices, se les controle u obligue de alguna manera a cumplir con los pagos que deban hacer a las Elas….etc,etc y quizás otros asuntos podemos introducir en este Decreto, como: la sustitución del Alcalde que fallezca sea de la misma lista, y no de otra, etc,etc. Y cualquier otra cosilla….
EL S. GENERAL DE FAEM, dijo que lo suyo en cuanto a financiación es que las Elas recauden por si solas los impuestos del Municipio matriz, o a través de convenios con el servicio de recaudación Provincial, como así lo han dispuesto en Extremadura.
Sobre este asunto se abre un debate y participan todos los presentes……
LA JEFA DE SERVICIO DEL REG JURIDICO:
Expone que todo lo que tengamos que se lo mandemos pero que respete la Laula, y lo podrán introducir en ese Decreto, que están redactando.
ALCALDE DE LOS VILLARES: Expone que antes del día 15-12-2016, que se aprueban los presupuestos de Andújar, debería el DGAL, hacer una llamada al Sr. Alcalde para que consigne en el capítulo IV de transferencias corrientes una cuantía mínima para funcionar.
SOBRE EL ASUNTO DE SECRETARIA INTERVENCIÓN Y TESORERIA.
EL S. GENERAL DE FAEM, expone: Que se debe ayudar desde la DGAL, a las que Elas que no tengan secretario in, o bien lo tenga en precario, o el ayto matriz no quiera hacer estas funciones.
Además de ello existen secretarios interventores que se niegan a ejercer las funciones de tesorería y encima hacen reparos de ilegalidad a las Elas, pasa en concreto en las 7 Elas de Jerez, y alcalde de Torrecera entrega un informe de estos reparos al DGAL.
EL DGAL, dice que, sobre el tema de negarse un habilitado a ejercer sus obligaciones, pues lo único que pueden hacer es abrir expte sancionador. Y sobre la tesorería, debe hacerlo el secretario interventor, y sino un funcionario, de la corporación.
El llamara a la alcaldesa de Jerez, para que nombre a la secretaria interventora de las 7 Elas, como tesorera también.
En el caso de Elas que     quieran crear una plaza, que se dirijan a la DGAL, y estudiaran el caso para incluso pedir permiso a la AGE, para que se autorice, aunque existan obstáculos como podía ser que se supera la masa salarial bruta del capítulo I del presupuesto de gastos.
ASUNTO SOBRE LA NO, NOTIFICACIÓN DE LA DENEGACIÓN DE LA CONCESIÓN NOMINATIVA A LA SUBVENCIÓN SOLICITADA A LA DGAL, DESDE FAEM.
JUAN ALFONSO MEDINA, explica, que ha sido la intervención la que ha realizado reparos, a la solicitud de subvención, porque debía ser un proyecto detallada, también por contener en los estatutos a personas físicas y jurídicas, y otro reparo es que parece que había limitación en los pptos.
A FAMP, se le dan 235.000€ al año, y en el año 2010, le ingresaron 600.000 €.
El S. General; dice que no está de acuerdo pues se entregó un proyecto como nos dijo el funcionario que lleva este asunto, y en todo caso estos reparos no se nos han notificado como es de recibo. Creo que no es justo que en 36 años de Autonomía no se nos haya dado un solo céntimo de ayuda desde la Junta de Andalucía, y ahora la primera vez que había posibilidades, al final no se nos ha notificado ni siquiera la denegación.
Se abre el debate a asuntos varios, donde participan todos, con asuntos tales como: la segregación de exptes pendientes y sus incidencias, etc, etc…
A la pregunta de que se nos diga como solicitar la subvención, el DGAL, dijo que se nos dirá la fórmula para ello.
El DGAL, cerró la sesión diciendo que trataremos de ir solucionando estos problemas.
Es un extracto de lo acontecido, a mi leal saber y entender.
Andalucía a 29-11-2016.
EL PRESIDENTE.                                                        El S. General.

Fdo. Antonio Martin Cabanillas.                              Fdo. Miguel Gregorio Martínez.












Compartir en Menéame
Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
Ultimas noticias

¡Atención! Este sitio usa cookies y tecnologías similares.

Si no cambia la configuración de su navegador, usted acepta su uso. Saber más

Acepto


Una cookie es un fichero que se descarga en el ordenador/smartphone/tablet del usuario al acceder a determinadas páginas web para almacenar y recuperar información sobre la navegación que se efectúa desde dicho equipo. Para conocer más información sobre como maneja los asuntos de privacidad F.A.E.M. le invita a acceder al siguiente enlace: http://www.faem.es/privacidad

F.A.E.M. utiliza en este sitio web las siguientes cookies que se detallan en el cuadro siguiente:


-cookies estrictamente necesarias para la prestación de determinados servicios solicitados expresamente por el usuario: si se desactivan estas cookies, no podrá recibir correctamente nuestros contenidos y servicios; y
   
-cookies analíticas (para el seguimiento y análisis estadístico del comportamiento del conjunto de los usuarios), publicitarias (para la gestión de los espacios publicitarios en base a criterios como la frecuencia en la que se muestran los anuncios) y comportamentales (para la gestión de los espacios publicitarios según el perfil específico del usuario): si se desactivan estas cookies, el sitio web podrá seguir funcionando sin perjuicio de que la información captada por estas cookies sobre el uso de nuestra web y sobre el éxito de los anuncios mostrados en ella permite mejorar nuestros servicios y obtener ingresos que nos permiten ofrecerle de forma gratuita muchos contenidos.

(*) La información obtenida a través de estas cookies, referida al equipo del usuario, podrá ser combinada con sus datos personales sólo si Ud. está registrado en este sitio web.

(**) DESACTIVACIÓN DE COOKIES. El usuario podrá -en cualquier momento- elegir qué cookies quiere que funcionen en este sitio web mediante:

    la configuración del navegador; por ejemplo:

        Chrome, desde http://support.google.com/chrome/bin/answer.py?hl=es&answer=95647
        Explorer, desde http://windows.microsoft.com/es-es/windows7/how-to-manage-cookies-in-internet-explorer-9
        Firefox, desde http://support.mozilla.org/es/kb/habilitar-y-deshabilitar-cookies-que-los-sitios-we
        Safari, desde http://support.apple.com/kb/ph5042

    los sistemas de opt-out específicos indicados en la tabla anterior respecto de la cookie de que se trate (estos sistemas pueden conllevar que se instale en su equipo una cookie "de rechazo" para que funcione su elección de desactivación); o

    otras herramientas de terceros, disponibles on line, que permiten a los usuarios detectar las cookies en cada sitio web que visita y gestionar su desactivación (por ejemplo, Ghostery: http://www.ghostery.com/privacy-statement, http://www.ghostery.com/faq).


Unedisa no se hace responsable del contenido y veracidad de las políticas de privacidad de los terceros incluidas en esta política de cookies.

Si tiene dudas sobre esta política de cookies, puede contactar con F.A.E.M. en faempresidente@gmail.com